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El Tribunal Superior de Munich confirma que denominaciones como “Cuba” y “Habana” son inadmisibles para puros de otros orígenes

Corporación Habanos, S.A., conocida también como Habanos S.A., líder mundial en la comercialización de puros premium, celebra el fallo del Tribunal Regional Superior de Munich que al igual que el tribunal de primera instancia, determinó que “Cuba”, “La Habana” y sus derivados son denominaciones de origen geográficas con una reputación especial en relación con los puros y gozan de la correspondiente protección ampliada en virtud del Derecho de marcas.

La disputa legal se desencadenó por el uso de términos como “Habano Seed”, “Piloto Cubano”, “Habano wrapper”, “Habano wrapper from Ecuador”, “Habano seed wrapper from Ecuador” o “Binder Habano Jalapa – Nicaragua” para puros de otros orígenes, motivo por el que Habanos, S.A. interpuso una demanda en el 2020 para defender las denominaciones de origen protegidas de sus productos emblemáticos.

La sentencia de apelación confirmó que el uso de dichos términos es inadmisible pues una semilla cultivada originalmente en Cuba que se ha multiplicado en otro lugar a lo largo de varios ciclos vegetativos, no cuenta con las características genéticas y las condiciones edafológicas (del clima y del suelo) que influyen en las propiedades y la calidad del tabaco.

Asimismo, el Tribunal declaró que la isla de Cuba y su capital, La Habana, cuentan con una importante reputación relacionada con la calidad de los puros y sus componentes, debido precisamente a las condiciones que la isla posee, la selección de los tabacos procesados y al método de producción. Fumadores y no fumadores de todo el mundo asocian las denominaciones de origen a productos de prestigio, y así lo confirma el Tribunal de Munich en su sentencia.

Ambos tribunales coincidieron en que expresiones como “Semilla de Habano”, “Piloto Cubano” o “Habano Deckblatt” menoscaban injustamente esta reputación especial, incluso si van acompañadas de términos como “de Ecuador” o “Jalapa – Nicaragua”.

El Tribunal de Apelación concluyó que el uso de dichas expresiones controvertidas que aluden a las denominaciones de origen protegidas “Cuba” y “Habana” tiene por fin beneficiarse de su reputación y prestigio, y trasladar así las ideas de calidad a productos de otros orígenes.

Habanos S.A. afirma que las semillas cubanas se cultivan exclusivamente para la producción de tabaco en Cuba y su exportación está prohibida. Además de la semilla, factores como el clima, el suelo, las tradiciones artesanales y conocimientos únicos de los tabacaleros cubanos confieren a los Habanos su especial reputación.

La sentencia fue recurrida ante la Corte Suprema de Justicia, que es la última instancia. No obstante, Habanos S.A. espera que esta Corte confirme las dos sentencias anteriores.

Tomado de Corporación Habanos S.A / Foto de portada: Excelencias.

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