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El Salvador: Residentes en el exterior no podrán votar por alcaldes en 2024

Por Gabriela Villarroel.

El oficialismo aprobará una ley de sufragio en el extranjero que excluye las elecciones de concejos municipales y diputados del PARLACEN, incumpliendo una resolución de su misma Sala.

Los salvadoreños de la diáspora seguirán sin poder votar por alcaldes y concejos municipales desde el exterior, según lo aprobado en la nueva Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Extranjero, dictaminada ayer por la comisión de reformas electorales de la Asamblea Legislativa.

Con votos de los partidos Nuevas Ideas y GANA, la comisión acordó que se regularán dos sistemas de votación simultáneos para los salvadoreños en el exterior: uno de forma remota por internet y otro de forma electrónica y presencial; pero en ninguna de estas modalidades será posible elegir a concejos municipales o diputados del Parlamento Centroamericano (PARLACEN).

Y es que, según una modificación propuesta por el diputado Walter Alemán al artículo 2 de la ley, esta será aplicable solo «en la elección de presidente, vicepresidente de la República, y para la elección de diputados a la Asamblea Legislativa», eliminando a alcaldes y diputados centroamericanos, tal como indicaba la propuesta anterior.

La exclusión de ambas elecciones es contraria a la primera resolución emitida por la Sala de lo Constitucional impuesta por el oficialismo, que ordenó a la Asamblea garantizar el sufragio activo y pasivo para que salvadoreños en el exterior puedan elegir a alcaldes, diputados y presidente antes del 15 de septiembre de 2022, y que se cumplió con una ley que será derogada por la dictaminada ayer.

Sin embargo, diputados del oficialismo trataron de excusar la decisión. La diputada oficialista Rebeca Santos dijo que «no es que se está dejando fuera la elección para alcaldes y PARLACEN», pues «las personas que tienen su domicilio acá en el país, en sus municipios, van poder venir (a El Salvador) a votar por sus alcaldes».

El diputado Numan Salgado (GANA) aseguró que la comisión «debe estar valorando criterios diferentes para el voto domiciliar» para la diáspora. «Uno de estos criterios es el último domicilio que tuvo la persona antes de irse del país, y eso ya lo contempla la ley (…) otro criterio es dónde el salvadoreño quiere votar, por tener ahí a su familia o sus propiedades», dijo.

Si bien la propuesta original de Nuevas Ideas incluía la posibilidad de poder elegir la asignación del voto, esto fue eliminado. Al respecto, la diputada del FMLN Anabel Belloso, aseguró que la exclusión es «una incoherencia entre el discurso que ha venido teniendo el oficialismo», y recordó que el mismo presidente Nayib Bukele vetó la ley del voto en el exterior aprobada por la anterior legislatura en 2020 por, supuestamente, impedir la votación de salvadoreños en el exterior para concejos municipales.

Un sistema complejo

El oficialismo también cambió por completo el sistema de votación, la asignación de los votos y el mecanismo de elección que había contemplado en su propuesta de julio. Así, crea un sistema doble para votar de forma presencial y remota, permite la votación con documentos vencidos, e impone límites para asignar el voto.

Así, los salvadoreños con un Documento Único de Identidad (DUI) o pasaporte con domicilio en el extranjero solo podrán votar por los diputados de San Salvador. Solo aquellos con DUI de dirección salvadoreña podrán votar de forma remota, pero no por el departamento que quieran, si no por el que aparece en su identificación.

Además, los únicos que podrán votar por internet son los salvadoreños con DUI domiciliado en el exterior. En cambio, los ciudadanos que tienen un domicilio salvadoreño en su DUI, estarán obligados a acudir a un centro de votación en el exterior para emitir su voto, que será únicamente de forma electrónica, usando equipo tecnológico.

La propuesta anterior tampoco mencionaba la instalación de centros de votación en el exterior, que podrán ser «oficinas o dependencias diplomáticas y consulares de El Salvador o cualquier establecimiento en el extranjero que el Tribunal defina o establezca».

Para su funcionamiento, además de la Junta Electoral para el Voto en el Exterior (JELVEX), se han creado las Juntas Receptoras de Votos en el Exterior (JRVEX), que serán encargadas de la puesta a cero del sistema, el cierre, la transmisión de datos y el escrutinio preliminar.

El TSE deberá dotar de equipo y asistencia a cada una de estas instancias, que estarán ubicadas en cada centro de votación en el exterior.

Principales cambios 

En la ley especial para el ejercicio del sufragio en el extranjero.

SIN ALCALDES
Salvadoreños en el exterior no podrán votar por concejos municipales ni diputados del PARLACEN.

DOCUMENTOS
Se podrá votar con DUI o pasaporte vigente o vencidos, pero no con partida de nacimiento.

DOS MODALIDADES
Se podrá votar mediante voto electrónico remoto o presencial, pero dependerá del domicilio en el DUI.

ASIGNACIONES
Los votos de aquellos con DUI con domicilio fuera del país contarán para San Salvador.

MÁS INSTANCIAS
Se crearán las Juntas Receptoras de Voto para el Exterior (JRVEX) para voto presencial.

SIN VIGILANCIA
Las JRVEX harán escrutinio preliminar y conducirán la votación electrónica presencial sin vigilantes de partidos.

SIN PADRÓN
Salvadoreños no deberán inscribirse a un padrón, se hará uno con información  del RNPN y Migración.

EMPRESA
Se obliga al TSE a contratar a un tercero para desarrollar  la votación electrónica remota o presencial.
 
SIN LACAP
No se aplicará la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP).

FECHA DIFERIDA
Las elecciones para el exterior iniciarán con 30 días de anticipación al día de la elección.

 

Tomado de Resumen Latinoamericano Argentina/ Fuente: La prensa gráfica/ Foto de portada: Archivo DW.

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