La corrupción en Miami alcanza hasta a los abogados
Por José Luis Méndez Méndez* / Colaboración Especial para Resumen Latinoamericano.
Mientras todavía replican los acuerdos, resoluciones y las vivencias del IX Congreso Nacional de los Juristas cubanos, desde la oscurecida ciudad de Miami llegan noticias alarmantes sobre la falta de ética y de la corrupción que contamina a sus abogados.
El informe mensual más reciente del Colegio de Abogados de la Florida sobre los abogados disciplinados por la Corte Suprema del estado incluyó a varios abogados de Miami y las medidas incluían tres suspensiones, una amonestación pública y ninguna inhabilitación.
El caso del abogado John Faro de Miami, es de los más falta de ética de los denunciados. El árbitro encargado de analizar su mala práctica señaló que a pesar de haber sido admitido en el Colegio en 1986 y en apariencias haber mantenido una actitud loable, en el momento de su análisis “no mostró ningún remordimiento” y echó la culpa a otros por su propia mala conducta, incluyendo a su ex esposa, alegando que no le proporcionó documentos de un cliente y a otro por no hacer las preguntas correctas. Derrochó una conducta evasiva, justificativa y de no admisión de sus faltas.
En una apelación y petición para una nueva audiencia para su caso, acusó a la Oficina del Director Ejecutivo de la Oficina de Patentes y Marcas de Estados Unidos, tildándola de “mala conducta y fraude palpables”. En primera instancia Faro fue suspendido por ocho meses, pero la Corte Suprema del estado lo suspendió por tres años, ante el cúmulo de pruebas en su contra.
Otro caso es el de Michael Rose de Miami, quien ingresó al Colegio de Abogados en 1971, su conducta fue catalogada de aberrante por haber involucrado a su familia, esposa e hijo. Se divorció en 2003, según su declaración de culpabilidad. Creó un fideicomiso para el hijo que compartía con su ex esposa y le dio el título de su condominio, para ser usado como una residencia para ella y el niño.
Cuando la ex esposa de Rose se volvió a casar, vendió el condominio y usó el dinero para comprar un nuevo lugar a nombre de ella y su nuevo esposo. La nueva vivienda no se incluyó en el fideicomiso, lo que Rose vio como “una invasión del corpus del fideicomiso”.
Pero, cuando la nueva casa entró en ejecución hipotecaria en 2009, Rose representó a su ex esposa en el procedimiento de ejecución. La sentencia de ejecución hipotecaria se dictó por $1.5 millones. La ex esposa de Rose le pidió ayuda para encontrar un “comprador amistoso” para la sentencia, lo que le daría tiempo para encontrar un comprador para la casa. Rose encontró a un individuo identificado en su declaración de culpabilidad como el “Sr. Torres”, padrino del hijo que Rose compartía con su ex esposo. El citado Torres compró la sentencia por un importe rebajado que Rose negoció y financió con su dinero el trato.
La ex esposa de Rose encontró un comprador. Cuando su abogado le preguntó sobre el pago de la sentencia de ejecución hipotecaria, Rose dijo que $1.5 millones. La declaración de culpabilidad de Rose dice que el testimonio de la declaración de su ex esposa muestra que ella sabía desde un mes antes del cierre que la sentencia había sido comprada por una tasa de descuento y los correos electrónicos entre ella y Torres mostraron que ella sabía que “la cifra de la liquidación estaba mal por $88.145,42”. Entonces, demandó a Torres por el sobre pago. El avispado Rose representó a Torres hasta que fue inhabilitado y recibió una amonestación pública benigna por violar las pautas de conflicto de intereses.
En el lujoso barrio de Coral Gables, opera Gregory Saldamando, quien se sumó al Colegio de Abogados en el 2007, era asociado del bufete Strems cuando le tocó el caso de los ciudadanos Eduardo Álvarez y Doris Herrera, quienes reclamaron daños por agua y hundimiento en su casa de Southwest Ranches en 2013. El bufete Strems se encargó de la parte de los daños por hundimiento en un reclamo contra la aseguradora American Integrity Insurance Company.
Como es práctica en ese sistema del “sueño americano”, la pareja acordó aceptar un acuerdo de $100,000, creyendo que obtendrían $65,000 de eso y Strems obtendría $35,000.
En la conclusión del análisis de la práctica dolosa del abogado se registra: “Sin el conocimiento o la aprobación de los clientes, Saldamando aseguró y finalizó un segundo acuerdo global de $157,500”, decía la demanda del colegio de abogados. “Sin el conocimiento la aprobación de los clientes, Saldamando no asignó nada del monto del acuerdo aumentado a los clientes”.
Así, los confiados Álvarez y Herrera, que habían contratado los servicios “honestos” del letrado, seguían recibiendo $65,000, pero el bufete Strems recibiría $92,000. La pareja se enteró de que su caso se había resuelto cuando recibieron una notificación de acuerdo el 14 o 15 de mayo de 2019.
Los timados Herrera y su marido le dijo al árbitro a cargo de la violación, que Saldamando les dijo que el acuerdo de retención le daba total autoridad, que no tenía que decirles nada antes de aceptar la oferta de liquidación. Nunca vieron una factura o un desglose de los honorarios de su abogado.
Además, le informaron al mencionado funcionario del Colegio al frente de la investigación ética, que cuando se reunieron con Saldamando, Herrera trató de hacerle ver las condiciones en las que habían estado viviendo con sus hijos a causa de los daños, no se impresionó. Pareció no importarle, se mostró indolente. Herrera escuchó: “Dígale a su esposa que se guarde sus historias de corazón”. “No necesitamos escuchar eso”.
Lo más impresionante del caso fue su colofón. Como de costumbre el reporte del árbitro incluyó 23 cartas de referencia de carácter de antiguos clientes, jueces y compañeros abogados, incluyendo una de la abogada Luz Borges que dice: “Si tuviera que describir a Greg en tres palabras, sería “cristiano, familiar y abogado”. “Abogado cristiano” es un término que Greg creó debido a los desafíos que enfrentamos en el campo”.
Aunque sorprenda, el Colegio admitió la benigna recomendación de una amonestación pública porque Saldamando violó las reglas de comunicación adecuada con el cliente. Así, con esa fórmula engañosa se encubrió la mala fe del citado abogado. No se le juzgó por la manipulación de los resultados, ni la falta de transparencia en la relación con los clientes, sino por haberles dicho solo parte de la verdad, a eso se le llamó “faltas en la comunicación”.
La Corte Suprema del estado opinó que Saldamando violó las reglas de comunicación adecuada con el cliente, el conflicto de intereses con los clientes actuales y los objetivos y el alcance de la presentación. La corte lo suspendió con apenas 91 días. Así va la ética en los abogados en la “capital del sol”.
(*) Escritor y profesor universitario. Es el autor, entre otros, del libro “Bajo las alas del Cóndor”, «La Operación Cóndor contra Cuba» y «Demócratas en la Casa Blanca y el terrorismo contra Cuba». Es colaborador de Cubadebate y Resumen Latinoamericano.
Foto de portada (ilustrativa): Getty Images.