Cuba

¿Por qué una ley de comunicación social?

La nueva versión del proyecto de Ley de Comunicación Social ratifica el apego al mandato de la Constitución de la República de Cuba, particularmente lo preceptuado en sus Artículos 1, 10, 13, 16, inciso m), 53, 55, 61, 97 y 101, incisos g) y h).

La propuesta se sustenta en los principales pronunciamientos, acuerdos y documentos programáticos emanados de los diferentes congresos del Partido Comunista de Cuba y su Primera Conferencia Nacional, y responde de manera coherente a la Política de Comunicación Social del Estado y el Gobierno cubanos que define la pertinencia de articular el Sistema de Comunicación Social del país.

El proyecto de ley reconoce la contribución de la comunicación social para fortalecer la unidad del pueblo, afianzar la ideología de nuestra sociedad socialista y defender la independencia, soberanía y seguridad de la patria, un aporte de mayor trascendencia en el escenario de guerra política, ideológica, económica, comunicacional y cultural que enfrenta la Revolución cubana.

En el orden jurídico respalda también el papel decisivo de la comunicación social en la sostenibilidad y prosperidad de la nación y la voluntad política del Estado, que la considera un pilar esencial de su gestión.

El Proyecto, primero que sobre esta materia se promueve en el país, se inspira en el legado del Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz, el gran comunicador de la Revolución, se nutre de la práctica cubana en este campo y constituye un texto teórica y conceptualmente fundamentado que distingue a las personas y su acción transformadora como centro de los procesos de comunicación social.

La creación de la norma, inicialmente como decreto-ley y luego como ley, es el resultado de un amplio y riguroso proceso de construcción colectiva en el que han participado profesionales y expertos de diferentes disciplinas, organizaciones e instituciones hasta llegar a la actual versión 34.

En su elaboración se tuvieron en cuenta como valiosos referentes:

  1. Los acuerdos y planteamientos fundamentales de congresos y otros foros de la Unión de Periodistas de Cuba (UPEC), la Asociación Cubana de Comunicadores Sociales (ACCS), la Unión de Escritores y Artistas de Cuba (Uneac) y la Asociación Hermanos Saíz.
  2. La consulta de 312 documentos legales, éticos y políticos sobre la práctica comunicacional en Cuba desde la etapa colonial.
  3. Los aportes de más de 90 tesis de pregrado y posgrado de diferentes universidades del país y otras investigaciones relativas al tema.
  4. El resultado de un exhaustivo estudio de derecho comparado, que permitió
    profundizar en más de un centenar de disposiciones normativas internacionales de todas las áreas geográficas.
  5. La conciliación con grupos de trabajo responsabilizados con la proyección de otros instrumentos jurídicos, que de alguna u otra manera poseen vínculos con la comunicación social.

El tránsito hasta la presente versión comprendió, de julio a octubre de 2022, la realización en todo el país del proceso de consultas especializadas del anteproyecto de ley que registró más de 60 reuniones y la participación de 6 638 personas, entre ellas estudiantes y profesores universitarios, periodistas, artistas, comunicadores sociales y otros profesionales, delegados a las Asambleas Municipales del Poder Popular y diputados, dirigentes políticos y gubernamentales, empresarios y nuevos actores económicos.

Del proceso se derivaron 1 426 opiniones y un grupo de consideraciones recibidas a través del correo electrónico y otras vías digitales. Este aporte generó transformación en el 79,71 por ciento de los artículos originales del anteproyecto consultado (versión 32).

Todo lo anterior hizo posible disponer en noviembre de 2022 de una nueva propuesta, notablemente enriquecida, que se evaluó en el Secretariado y el Buró Político del Comité Central del Partido, el Consejo de Ministros y el Consejo de Estado, como paso previo a su análisis por los diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular.

Al adoptarse en el mes de diciembre la decisión de aplazar su discusión y aprobación por el Parlamento, se desarrolló entre los meses de enero y marzo de 2023 una segunda consulta sobre el proyecto de ley a los diputados y otros invitados, la cual abarcó a 758 personas y se caracterizó por un alto nivel cualitativo.

Esta cifra, unida a la consulta especializada llevada a cabo anteriormente, elevó a 7 496 el número de personas procedentes de diversos sectores, profesiones y organizaciones, que intercambiaron de manera presencial con el equipo redactor del proyecto.

En la segunda consulta a los diputados  se realizaron 199 intervenciones; además se recibieron opiniones de 12 personas por la vía del correo electrónico habilitado por la Asamblea Nacional del Poder Popular y otras nueve ofrecieron consideraciones de manera directa.

Adicionalmente, se atendieron y tuvieron en cuenta criterios de los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, del Interior y de Relaciones Exteriores.

El proceso abarcó también encuentros con personas que se convocaron para dialogar sobre sus preocupaciones acerca del contenido del proyecto, transmitidas al equipo redactor por diversas vías o publicadas en espacios digitales. En estas conversaciones primó un ambiente constructivo.

Sobre la base de todo lo anterior, y las indicaciones resultantes del análisis del proyecto de Ley de Comunicación Social en el Secretariado y el Buró Político del Comité Central del Partido y el Consejo de Ministros, se realizaron las modificaciones pertinentes que han hecho de la propuesta en su versión 34 un documento más acabado.

El nuevo proyecto —desde los Por Cuantos hasta las Disposiciones Finales— registra 69 cambios de contenido y forma, que representan un 59,48 por ciento de transformación respecto al texto original de la versión 33 sometida a la segunda consulta con los diputados.

El proyecto de ley tiene como objeto:

  1. a) Regular el Sistema de Comunicación Social para la gestión estratégica e integrada de los procesos de comunicación social en los ámbitos organizacional, mediático y comunitario, con fines políticos, de bien público, organizacionales y comerciales, tanto en los espacios públicos físicos como en los digitales; y
  2. b) establecer los principios de organización y funcionamiento para todos los medios de comunicación social en el país.

La versión 34 del proyecto de Ley de Comunicación Social es más sólida, madura e integral que la entregada en el mes de diciembre a la Asamblea Nacional del Poder Popular. Tiene un nivel superior de consenso académico, profesional y social, logrado sobre la base del diálogo, la atención a cada opinión y la amplitud del ejercicio democrático de construcción y enriquecimiento de la norma.

En síntesis, se han creado mejores condiciones para el análisis, interpretación y aprobación de una disposición normativa, cuyo ulterior cumplimiento contribuirá a afianzar los fundamentos políticos, ideológicos, económicos, sociales y culturales de la sociedad, que sustentan la defensa y continuidad del proyecto de nación refrendado en la Constitución como Estado socialista de derecho y justicia social.

Tomado de Juventud Rebelde/ Caricatura de portada: Adán Iglesias

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