Bloqueo a Cuba

Sesenta años y más de indigno bloqueo (I)

Por José Luis Méndez Méndez/ * Colaboración Especial para Resumen Latinoamericano.

El 7 de febrero próximo se sumará un año más de oficializar el indigno bloqueo, desde el ya lejano 1962, generaciones de gobernantes y políticos estadounidenses han heredado esa oprobiosa medida coercitiva unilateral, cada administración le ha añadido acciones de su propia cosecha para consolidarlo, endurecerlo, generalizarlo y hacerlo imposible de desmontar.

Seis décadas y más separan de la imposición del bloqueo genocida más prolongado de la historia en el marco de la despiadada guerra económica, financiera y comercial desatada entonces por Estados Unidos contra una naciente Revolución triunfante a noventa millas de sus costas en un país sometido desde 1902 por sus designios.

Omitieron valorar la resistencia del pueblo cubano y la solidez de los cambios políticos producidos, tampoco imaginaron la firmeza de la unidad monolítica que ha impedido introducir fisuras dirigidas a debilitarla.

Cuba, una joya ambicionada desde los tiempos de los Padres Fundadores de la nación estadounidense. El inter crimines o camino del crimen que llevó al país más poderoso del mundo a intentar en vano por más sesenta años a someter por privaciones y hambre a millones de cubanos, se inicia desde mediados de 1959, cuando Cuba, no se había declarado socialista ni empresas estadounidenses habían sido legítimamente nacionalizadas.

Resulta de interés evaluar la posición doctrinal asumida por Estados Unidos para justificar la adopción y permanencia del Sistema de Meiddas Coercitivas Unilaterales (SMCU). Para Estados Unidos, en principio, el llamado embargo se aplicaba solo en tiempos de guerra, mediante una declaración que prohibía la salida de barcos o bienes de sus puertos hasta una orden posterior.[i] Tal fue el caso de la denominada Embargo Act de 1807, que dispuso la prohibición de importar productos procedentes de Gran Bretaña, para enfrentar las restricciones impuestas por este país a todo el comercio neutral con Francia, en respuesta a su vez al bloqueo continental declarado en 1806 por Napoleón a la Corona inglesa.

Para ello, la Corte Suprema de Estados Unidos, al tomar como base el criterio de la supremacía nacional en la esfera comercial en el ámbito interno y externo, extendió la aplicación del embargo al ámbito del comercio. Este fue el fundamento legal por parte de Estados Unidos para la adopción de las primeras medidas de no otorgamiento de empréstitos para estabilizar la balanza de pagos, la disminución de la cuota azucarera, la prohibición de préstamos, el impedimento a transacciones financieras y el corte del suministro de petróleo a Cuba, las cuales se intensificaron en su alcance y contenido hasta llegar a la aprobación de la Ley de Asistencia Exterior de 4 de septiembre de 1961 y su Enmienda Hickenlooper, que faculta al Presidente a emitir la mencionada Orden Ejecutiva 3447 de 7 de febrero de 1962, en virtud de la cual se impuso el titulado embargo total sobre el comercio entre los Estados Unidos y Cuba, bajo el supuesto legal de las contramedidas ante la comisión de un hecho ilícito por parte del gobierno cubano al nacionalizar las propiedades estadounidenses en territorio cubano, a principios de los años sesenta.

Este supuesto embargo impuesto a Cuba abrió paso al denominado boicot, definido con brillantez por el eminente internacionalista cubano Miguel D’estefano, quien lo considera como “la interrupción o suspensión de relaciones económicas, comerciales y financieras contra otro Estado como medio de presión y afecta como consecuencia las relaciones económicas internacionales”. Es evidente que tal definición sobrepasa los límites del apelado embargo y el boicot y sus efectos son propios de tiempo de guerra, al reconocerse la expresión bloqueo como parte integrante de una operación militar naval, aérea y/o terrestre, dirigida en contra de las fuerzas armadas de un Estado beligerante, con una intención de aislar a un territorio, cortarle los vínculos con el exterior y que sucumba el sistema imperante. El bloqueo es de larga data en el DIP y su nacimiento y desarrollo posterior encuentra relación directa con la guerra, de ahí que la inmensa mayoría de la doctrina internacional lo identifica como un acto de guerra. Es tal, y tiene como agravante que en términos oficiales Estados Unidos no está en guerra con su vecina Cuba, lo cual hace el genocida bloqueo, aún más ilegal.

Veamos entonces, cuándo y cómo fue el inicio, su desarrollo y puesta en marcha del proyecto asesino, que ha sido un fracaso para las intenciones imperiales de doblegar, pero que ha costado sangre, sudor, lágrimas y esfuerzo a generaciones de cubanos, que han nacido y fallecido siendo víctimas del cruel bloqueo. Millones de cubanos sufren privaciones de todo tipo, pero el orgullo de ser cubanos y el patriotismo robustecido ha quebrado cientos de intentos por destruir las conquistas alcanzadas.

El once de junio de 1959, en el contexto de la aplicación de la Ley de Reforma Agraria decretada el 17 de mayo de ese año, Estados Unidos, amenazó con la reducción de la cuota azucarera, la prohibición de inversión privada norteamericana y la eliminación de todo tipo de ayuda económica, si eran nacionalizadas propiedades norteamericanas sin una rápida compensación.

Cinco meses después, el trece de noviembre, como parte de una serie de maniobras encaminadas a obstaculizar la adquisición por parte de Cuba de las armas necesarias para su defensa frente a las actividades de los contrarrevolucionarios y las incursiones aéreas contra su soberano territorio nacional, el gobierno de Estados Unidos presionó al gobierno del Reino Unido con objeto de impedir la venta a Cuba de quince aviones de combate. También para el recambio de obsoleta tecnología aérea, ya planificada desde la dictadura y pactada con empresas inglesas.

El 26 de mayo de 1960, la Embajada de los Estados Unidos en La Habana emitió una Nota informando que la Ley de Seguridad Mutua de 1960 establecía que no se daría asistencia a Cuba a menos que el Presidente determinase que sería de interés nacional y hemisférico de los Estados Unidos. El 17 de marzo de ese año, se había aprobado un plan abarcador de acciones contra Cuba, que incluía la organización de la contrarrevolución interna y la estructuración de fuerzas paramilitares para agredir directa o indirectamente a la Isla. Los preparativos habían comenzado en Centroamérica.

Un mes después, el 29 de junio, las firmas estadounidenses dedicadas al refinamiento y suministro de crudo y TEXACO, ESSO y SHELL, tradicionales suministradoras de petróleo a Cuba, interrumpieron el suministro del producto y se negaron a procesar el crudo adquirido en la URSS, como resultado de las presiones ejercidas por el gobierno de Estados Unidos. Las relaciones entre ambos países habían entrado en ruta de colisión, de una parte la isla agredida y de otra parte el coloso agresor.

La escalada agresiva estaba en pleno desarrollo y el paquete de medidas coercitivas unilaterales se aplicaba de manera escalonada, constante. Así el 6 de julio, apenas una semana después, se aprobó la Ley Pública 86-592 que enmendó la Sección 408 de la Ley Azucarera de 1948 y autorizó al Presidente de los Estados Unidos a determinar la cuota azucarera cubana para el resto de 1960 y el primer trimestre de 1961, sobre la base del interés nacional y con independencia de cualquier otra disposición en cuanto a cuotas.

Para concretar la medida de presión, que impedía a Cuba obtener dinero fresco y garantizar la balanza de ingresos y basándose en la autoridad conferidapor la LeyAzucarera de 1948, como fuera enmendada, elPresidente estadounidense David D. Eisenhower fijó la cuota azucarera de Cuba para el año 1960 en 39752 toneladascortas más elazúcar certificada antes de julio 3 de 1960 para su entrada, pero que no hubiese entrado aún, o estuviese almacenada para el consumo.

Tal medida, dictada por la Proclama Presidencial 3355 (25 FR 6414) implicó la reducción en 700 mil toneladas cortas de la cuota original de 3 119,655 toneladas cortas; esa cifra significó el 95% del remanente del tonelaje a exportar a Estados Unidos ese año, reduciendo en la práctica a cero dichas importaciones. Una partida de 2 379,903 toneladas cortas, valor bruto, habla sido certificada conforme a las regulaciones emitidas por el Secretario de Agricultura.

El 2 de septiembre de ese año, el Departamento de Comercio de Estados Unidos,  promulgó un decreto eliminando de las licencias generales para la exportación a Cuba, a ciertos vehículos automotores y sus partes funcionales, para los cuales impuso se requirieran licencias validadas. Cinco días después, el Departamento del Tesoro, a fin de facilitar la ejecución de las regulaciones de exportación del Departamento de Comercio, emitió una disposición que incluyó a Cuba en una lista de países con destino a los cuales no se despacharían aduanalmente los navíos hasta tanto no se presentaran las guías de carga exportada completas y todas las declaraciones de exportación requeridas.

Las relaciones comerciales entonces todavía eren fluidas con Estados Unidos, que había sido el destino y origen cautivo de mercancías y materias primas desde y hacia Cuba, que como archipiélago dependía en lo fundamental de la vía marítima para sus relaciones comerciales. Las medidas tomadas estaban destinadas a entorpecer el libre ejercicio del comercio. Continuará…

 

(*) Escritor y profesor universitario. Es el autor, entre otros, del libro “Bajo las alas del Cóndor”, “La Operación Cóndor contra Cuba” y “Demócratas en la Casa Blanca y el terrorismo contra Cuba”. Es colaborador de Cubadebate y Resumen Latinoamericano.

Foto de portada: Caras y Caretas.

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