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CIJ no emite medidas contra Ecuador, tras asalto a Embajada

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) no consideró este jueves que haya “urgencia” o un “riesgo real e inminente” que requiera emitir las medidas cautelares solicitadas por México contra Ecuador en respuesta al asalto de su embajada en Quito.

Esto no constituye prejuzgamiento sobre los méritos del caso.

De hecho, el dictamen enfatiza en “la importancia fundamental” de respetar la Convención de Viena., ello luego de decidir que  que “las circunstancias tal y como son presentadas ante la Corte no son tales como para requerir el ejercicio de su poder” para indicar medidas cautelares contra el Gobierno ecuatoriano por asaltar la Embajada mexicana en Quito y secuestrar a Jorge Glas, exvicepresidente de Rafael Correa (2007-2017), el pasado 5 de abril.

En esa misma cuerda destacó “la importancia fundamental del principio consagrado” en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, en un fallo que se produce en una fase provisional del caso, cuando el tribunal no ha entrado aún en el fondo del procedimiento legal contra Ecuador.  

El presidente de la CIJ, el juez Nawaf Salam dijo que “no hay prerrequisito más fundamental para el conducto de relaciones entre Estados que la inviabilidad de las misiones diplomáticas en las Embajadas, de modo que a lo largo de la historia (las naciones de todas las creencias y culturas han observado obligaciones recíprocas para ese propósito”, señaló.

México solicitaba a la Corte que “garantice la plena protección y seguridad de la sede diplomática, de los bienes que en ella se encuentran y de los archivos, protegiéndolos de cualquier forma de intrusión”.

Asimismo, exigía que el gobierno de Daniel Noboa autorizara al gobierno mexicano a vaciar la sede diplomática y la residencia privada de los agentes diplomáticos; que garantice que no se adopte ninguna medida que pueda perjudicar los derechos de México en relación con cualquier decisión que la Corte pueda dictar sobre el fondo; y que se abstenga de cualquier acto o conducta que pueda agravar o extender la controversia ante este tribunal.

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