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Chile: Por primera vez en la historia mundial, un tribunal condena a un juez y a un general por espiar a un periodista

La Justicia chilena condenó este 30 de junio a cinco años de cárcel y a la pérdida de derechos políticos a perpetuidad al expresidente de la Corte de Apelaciones de Copiapó, Juan Poblete, y al otrora director de la Dirección de Inteligencia del Ejército chileno, general en retiro Shafik Nazal, quienes desde sus cargos diseñaron y ejecutaron una operación de espionaje ilegal contra el periodista chileno Mauricio Weibel Barahona (en la foto), cuando este investigaba casos masivos de corrupción militar asociados a los procesos de compra de armas de guerra de su país.

“Este fallo inédito en la historia judicial del mundo marca un precedente de máxima importancia para la defensa de la libertad de expresión, pues constituye una señal clara de que no puede haber impunidad para quienes agreden a periodistas, en especial a aquellos que investigamos casos de corrupción e interés público”, remarcó Weibel tras el juicio.

La resolución se logró en un juicio abreviado ante el Séptimo Tribunal de Garantía de Santiago de Chile, luego de que los imputados reconocieran su culpabilidad y los hechos de la acusación, tras haber estado más de dos años en prisión preventiva cada uno de ellos desde el inicio de las pesquisas en 2020.

Los abogados de Mauricio Weibel, los juristas Karinna Fernández y Cristián Cruz, valoraron la sentencia, así como la legislación y la jurisprudencia internacionales sobre la materia.

La abogada Fernández sostuvo que espiar a un periodista constituye una agresión al derecho de todas las personas a acceder a información de interés público, veraz y oportuna. “Cuando se interviene el teléfono de un periodista que investiga, se interviene la democracia misma”, remarcó la abogada.

La defensora también destacó el carácter de graves violaciones de los derechos humanos de los delitos cometidos, los cuales, al cierre del proceso judicial, fueron reconocidos por los agentes estatales condenados, quienes debían actuar precisamente para salvaguardarlos, afirmó.

En ese sentido, el abogado Cristián Cruz indicó que “esta sentencia ratifica lo expuesto en múltiples ocasiones por la Relatoría Especial sobre la Libertad de Opinión y Expresión de Naciones Unidas, que ha recalcado que los trabajadores de los medios de comunicación que indagan casos de corrupción o actuaciones indebidas no deben ser blanco de acoso judicial u otro tipo de hostigamiento como represalia por su labor de interés público”.

En tanto, en un amicus curiae presentado ante el tribunal, la Global Freedom of Expression de la Universidad de Columbia subrayó asimismo que “este caso se enmarca en un contexto regional e internacional preocupante para la libertad de expresión”, donde se observan “prácticas como el uso ilegítimo de tecnologías de vigilancia para monitorear el trabajo de periodistas, así como para interceptar sus comunicaciones o recabar información de índole privada”.

“Esta tendencia -ahondó el informe legal- ha sido reconocida por órganos internacionales de protección de derechos humanos, que han alertado sobre el uso arbitrario e ilegal de mecanismos como la interceptación de comunicaciones o la recopilación de datos personales, prácticas que constituyen graves violaciones a los derechos a la privacidad y a la libertad de expresión”.

Los hechos

El espionaje telefónico contra el periodista de investigación chileno Mauricio Weibel se efectuó en el año 2017, cuando investigaba casos masivos de corrupción en las Fuerzas Armadas de Chile, según comprobó la investigación de la fiscalía y luego admitieron los propios condenados en sus confesiones.

Para realizar esta interceptación ilegal de sus comunicaciones, el juez Poblete y el general Nazal emitieron una orden de escucha fraudulenta en la que consignaron el número de teléfono del periodista, pero anotaron el nombre de una inmigrante irregular boliviana, a quien acusaron falsamente de ser una agente extranjera.

Esta operación ilegal fue descubierta dos años después, cuando un funcionario de inteligencia la reveló de forma anónima a un periódico. Una vez conocidos los hechos, tres ministros de Defensa defendieron esta agresión a la libertad de prensa ante el Congreso Pleno: Alberto Espina, Baldo Prokurica y Mario Desbordes.

“En estas circunstancias, el fallo emitido por la Justicia chilena es de la mayor importancia, pues deja en claro que el periodismo debe ser defendido y que no puede haber impunidad para quienes lo agreden, ni siquiera para un juez o un general”, dijo la presidenta del Colegio de Periodistas de Chile, Rocío Alorda.

La dirigenta de los periodistas chilenos agregó que el caso de Mauricio Weibel representa un ejemplo paradigmático, que pone en evidencia los riesgos estructurales que enfrenta el periodismo de investigación en América Latina, y exige ser analizado desde los estándares internacionales de derechos humanos aplicables a la libertad de expresión y la protección de la vida privada frente a injerencias estatales.

Weibel, finalmente, agradeció el apoyo y acompañamiento brindados durante todo el tiempo que abarcó la investigación judicial por entidades como Media Defence, Reporteros Sin Fronteras, el Comité para la Protección de Periodistas, el Global Freedom of Expression de la Universidad de Columbia y el Colegio de Periodistas de Chile, entre otros.

Fuente: El Ciudadano.

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