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Licencia humanitaria de EE.UU.: una ventana temporal que confirma el bloqueo

El pasado 25 de junio, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) emitió la Licencia General N.º 60, una autorización temporal que flexibiliza el régimen de sanciones para agilizar la asistencia internacional tras los sismos. La medida, vigente hasta el 23 de octubre de 2026, permite todas las transacciones financieras destinadas a labores de socorro, ayuda humanitaria, evacuación y recuperación en Venezuela.

Pero la licencia, lejos de ser una concesión humanitaria, es una prueba irrefutable del carácter agresivo del bloqueo: desnuda que Venezuela estaba tan vetada del sistema internacional que ni siquiera contaba con aval para recibir ayuda humanitaria extranjera. También evidencia que el gobierno estadounidense debe crear garantías frente a sus propios bancos para que no actúen contra ellos por procesar el flujo de ayuda financiera, un síntoma del «sobrecumplimiento» (overcompliance) que las sanciones han generado.

La licencia prohíbe expresamente el desbloqueo de cualquier propiedad congelada previamente. Venezuela tiene retenidos miles de millones de dólares en activos líquidos, oro y bienes —como Citgo Petroleum— que superan los 20.000 millones de dólares. La ventana abierta por la LG 60 es limitada y sujeta a la discrecionalidad estadounidense. El gobierno venezolano continuará abogando por el desmantelamiento definitivo de las sanciones, porque una licencia no es suficiente para reconstruir un país.

Fuente: @misionverdad / Foto: Reuters

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