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Perú. El Caso Fransuá

Por: Roque Gonzales La Rosa, Resumen Latinoamericano 8 de setiembre de 2026.

Luis Alberto Pinchi Vásquez, tempranamente, se interesó por la cosmetología, en el curso de formación laboral que brindaban obligatoriamente las escuelas públicas, mientras sus compañeros de aula se orientaban a la metal mecánica o el dibujo técnico, Luis Alberto se inclinaba no sólo a un oficio sino a preguntarse qué hacer con su vida. La constancia y el valor lo llevaron a realizarse, años después, como un reconocido estilista en Tarapoto, para entonces  ya era Fransuá.

Entusiasta, conversadora y orgullosa de su oficio, Fransuá no se perdía ninguna capacitación, curso o lo que tuviera que aprender en su sector; al retornar de un viaje de Brasil, llegó resuelta a vivir con plenitud su condición de mujer trans y de habilidosa peluquera.

 En Tarapoto de inicio de los 90, no faltaba el conservadurismo, las formas de exclusión a las diversidades sexuales. Fransuá superó cualquier prejuicio sostenida por el cariño de su vasta clientela donde amas de casa, novias y quinceañeras hacían su extensa red de amistades. Por eso se dice que su sepelio fue bastante concurrido.

Fransuá vivía con su madre; de varios hermanos fue la única que se quedó junto a ella. La tarde del 30 de setiembre de 1990 le tocaron la puerta para avisarle que su hija estaba muerta en un corralón próximo. Además de la concreta realidad de su muerte, no existió ningún otro elemento que aclarase las circunstancias, el autor, las lesiones que ocasionaron la muerte. Los años transcurridos, la ausencia de una investigación formal, la inexistencia de testigos directos puso al caso Fransuá en una nebulosa, sin embargo, en Tarapoto de 1990 la presencia de la guerrilla del MRTA era insoslayable. La extensión y arraigo aunque superficial, daban cuenta de un actor político militar muy extendido. 

Como pretendido contra poder, las organizaciones armadas ejercen control social y muchas veces moral sobre las poblaciones en las que tienen influencia. Y en los extensos territorios donde el estado se ausenta la población acude a los poderes locales buscando arbitraje e intervención en sus impases.

Este crimen no fue reivindicado, el jefe militar de la región Sístero García,que no obstante ser un acogido a la ley de arrepentimiento, también está siendo procesado, señala que  nunca dió una orden para eliminar ni a Fransua ni nadie. Igual desde entonces se dijo que el MRTA mató a Fransuá y así quedó inscrito en la memoria, en ese terreno donde se consolidan duraderas las versiones, al margen, incluso, de su veracidad.

El caso de Fransuá nunca ha necesitado probarse. La versión existente ha servido bien todo este tiempo para afirmar la condena sobre los grupos subversivos que actuaron durante el conflicto armado interno; contribuye a su malignización y valida su represión. En el reconocimiento de víctimas post conflicto las ONGs de la diversidad sexual buscaron incorporar también su martirologio y el caso los visibilizaba y permitía incidencia. Para  los familiares un caso común de homicidio no hubiera alcanzado ni justicia ni reparación, atribuirlo al MRTA al menos les significó algo de dinero como reparación.

Apenas ahora el estado peruano ha desenterrado este caso para arrejuntarlo con otros hechos de aquellos años y armar uno nuevo contra Víctor Polay, quien acaba de cumplir los 35 años de prisión a los que fue condenado.

Los plazos acaban por cumplirse y la condena de Polay ha puesto al estado a trabajar un nuevo juicio que permita retenerlo en prisión, esta vez con una sentencia a cadena perpetua.

La fiscalía sostiene que el MRTA acordó en su II Comité Central de agosto de 1988 una política de «limpieza social» dirigida contra homosexuales; dice la fiscalía que el MRTA promovía el surgimiento de un Hombre Nuevo; la fiscalía usa literalmente el término para atribuirle una connotación de intolerancia sexual, para esto, apela a la represión contra homosexuales que se dio en los albores de la revolución cubana. La lógica fiscal es sencilla: el Che Guevara tiene un libro sobre el Hombre Nuevo, los cubanos persiguieron homosexuales, ergo, los devotos del Che en el MRTA en Tarapoto buscaron eliminarlos. Esta política además de plasmarse en el referido documento, siempre, según la fiscalía, se implementó en cuatro casos entre 1989 y 1992. El Caso Fransuá sería el segundo de esta sistemática directiva nacional emanada de la alta dirección guerrillera.

Luego de 36 años del hecho se abre la investigación: las fuentes siempre nos remiten a un relato breve y uniforme, que se reitera en cualquier texto que podamos hallar aun haciendo una búsqueda exhaustiva. En su totalidad, este relato surge del testimonio que brindó su hermano Roger Pinchi Vázquez para acogerse al sistema de reparaciones del Registro Nacional de Víctimas al que acudió 18 años después de transcurridos los hechos.

Roger Pinchi Vázquez establece para la posteridad su versión: señala que, en junio de 1990 , él, fue secuestrado en el distrito de Tres Unidos por un grupo del MRTA, estos degenerados lo violaron durante ocho días al haberlo confundido con su hermano Luis Alberto «Fransuá».

Luego de más de una semana, sus captores lo liberaron al esclarecerse su identidad. A causa de este incidente tuvo que escapar a Lima desplazado por la violencia terrorista.

Estando ya en Lima, tiempo después, llama a su madre por teléfono quien le informa que su hermano había sido asesinado, y que se decía «por el MRTA». Este relato, con más o menos homogeneidad, hace parte de reportajes para medios europeos. Está en el Diario El País, también es el relato central del proyecto fílmico El Pecado Social, se reproduce por Amnistía Internacional, es el guión del documental Los Indeseables de Tarapoto; lo declama la Coordinadora Nacional de DDHH y hasta hoy forma parte de la exposición permanente del Lugar de la Memoria LUM. El relato puesto frente a un tribunal hoy permite mayores precisiones.

La sala que juzga no deja de mostrarse extrañada por un relato que ahora no señala la responsabilidad del MRTA. Roger Pinchi indica que no puede aseverar que su secuestro haya sido perpetrado por esta agrupación pues nunca pudo verlos. Señala que no sabe ni siquiera qué cantidad de personas eran ni dónde fue trasladado. Su testimonio hace que la vocal ponente Carolina Lizarraga repregunte porqué no denunció este hecho en su momento.

No deja de resultarle curioso que durante su cautiverio no le hayan pedido ni preguntado nada y que sólo cuando se aclaró que no era Fransuá, fue liberado.

El señor Roger Pinchi señala que su secuestro obedecía a una confusión con su hermana Fransuá, sin embargo, como se señala, ésta vestía permanentemente como mujer y tenía un local y vivienda conocida en Tarapoto. El secuestro que no denunció Roger Pinchi se habría dado en otra localidad: Tres Unidos.

 La fiscalía añade como elementos de prueba artículos, y reportajes extranjeros sobre el tema; no repara que en uno de estos, el diario El País de España, titula Los Indeseables de Tarapoto al extenso reportaje en el que Roger Pinchi en el 2016 ya señalaba:  «recientemente haberse enterado que a Fransuá la mató un primo suyo que pertenecía al MRTA que no toleraba la vergüenza que Fransuá producía a la familia». Este detalle pasó desapercibido para la defensa legal que no hizo pregunta al respecto y evidencia la magra solidez del testimonio.

El caso de Fransua se sustenta íntegramente en la narración de su hermano, a sus vacíos viene a sumar involuntariamente la intervención del procurador del Estado quien en la audiencia se enfoca en los beneficios que la familia ha obtenido por su condición de deudos en el Registro Único de Víctimas. El hermano de la víctima señala que la madre luego de algunos años percibió 10 mil soles de reparación; no sin malicia un abogado en la sala señala que todo esto estimuló la memoria del Roger que recordó entonces súbitamente su secuestro y violación.

El testigo Roger Pinchi no vivía junto a su familia, su comunicación era esporádica. Se entera de la muerte de su hermana Fransuá seis meses después por una llamada telefónica de la madre. Nunca denunció haber sufrido atentado alguno hasta 18 años después, no huye de su localidad y puesto de trabajo, sino que solicita permiso para trasladarse a Lima, se declara, entonces, abandono de puesto. Ha declarado que ha tomado conocimiento que fue un familiar que avergonzado mató a Fransuá, un primo que era del MRTA.

Las declaraciones de Roger Pinchi han servido para un sinnúmero de productos audiovisuales, pero no sirven para efectos judiciales, son insostenibles en el litigio. Peor aún si sobre esta columna se sostiene la pretensión fiscal de condenar a cadena perpetua a Víctor Polay por haber ordenado esta ejecución, además, por estar inscrita en un acuerdo emanado de una instancia como el II CC de agosto del 88, cuya insólita orden de cazar homosexuales apenas se habría implementado años después con el caso Fransuá.

El caso de Luis Alberto Pinchi no quedará esclarecido dadas las circunstancias, para desventura no existe acta de levantamiento del cadaver,  no existe informe de necropsia, no hay informe de criminalística, únicamente un acta de defunción. Sin embargo, su muerte es un hecho irrefutable, los crímenes de odio nunca han sido inusuales en el Perú. Hasta hace poco, Víctor Polay ha venido extendiendo sus condolencias a las víctimas de su agrupación, ha rechazado cualquier forma de persecución por razones de orientación, señalando que al interior de sus filas también hubo disidencias sexuales.

En lo particular, Polay y la dirección de la extinta guerrilla hacen parte generacionalmente de la nueva izquierda, aspirando a ser distantes del anquilosamiento y conservadurismos; todos antes de su clandestinidad vivieron o estudiaron en Europa o el campo socialista. La vida que se les conoce dista mucho de la mojigatería. Es difícil imaginar a ese colectivo de revolucionarios jóvenes urbanos celebrando un Comité Central para diseñar una política de exterminio contra el colectivo gay, que se desarrolle únicamente en una de las regiones donde el MRTA tenía presencia y que ésta, además, se plasme dos años después de su supuesta creación, y finalmente se acuse de cuatro acciones a lo largo del quinquenio siguiente. Atención, cuatro casos en los que apenas el presente expone una identidad abierta y evidente; en los demás casos la fiscalía está forzando la homosexualidad de las víctimas, aun en contra del testimonio de sus familiares groseramente se busca encajarlos en una identidad sexual sin elemento que lo pruebe.

La pretensión fiscal no es probar un homicidio sino una política meditada y sistemática que yace en el documento directriz del II CC. Surge de la mentalidad de la dirección guerrillera, que se canaliza a las estructuras y que se implementa en el terreno. Al respecto en alguna de sus intervenciones Polay ha señalado que el documento de conclusiones del evento partidario II Comité Central de 1988 tuvo una difusión enorme e interesada desde la dirección guerrillera, se alcanzó a distribuir más de 50 mil ejemplares, desde 1988 nadie nunca señaló que en sus páginas había un llamado a persecución alguna, con ingenuidad el documento incorporaba cartas a sectores patrióticos de las FFAA, colectivos cristianos, militantes y bases de partidos de izquierdas ,el II CC sirvió de nexo de debate con diversos sectores sociales,y nadie en décadas percibió aquello que hoy la fiscalía retorcidamente pretende como hallazgo: Un lineamiento, orientación, señalamiento de las diversidades sexuales como lacra social, en sus noventa páginas  ni siquiera existen los términos como tales .

 Polay ha pagado 35 años de prisión por sus responsabilidades frente a la insurgencia, ha cumplido la totalidad de su sentencia, no ha habido impunidad ni clemencia alguna.

Ahora, concluida su sentencia se pretende sepultarlo a perpetuidad por casos como el de Fransuá. Junto al llamado caso Las Gardenias se hunden por insuficiencia probatoria, y más bien se esclarecen revelando a los verdaderos autores. Los testimonios hasta ahora vertidos han sido la artillería pesada de la fiscalía y como se ve en cada audiencia se desvanecen insolventes. Bajo estas circunstancias una condena a Polay solo podría lograrse tras un olímpico salto a la garrocha de todo estado de derecho.

Tomado de Resumen Latinoamericano

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