Aprueban reglas para la navegación en el archipiélago cubano
Por Ronald Suárez Rivas.
Nuevas reglas para la navegación en el archipiélago cubano acaban de entrar en vigor, con la publicación en la Gaceta Oficial No. 59 Ordinaria de 2022, de la Resolución 202 del Ministerio del Transporte.
Las mismas tienen el objetivo de evitar pérdidas de vidas humanas y preservar los bienes del Estado, y son de obligatorio cumplimiento para todos los armadores, navieros, capitanes y patrones de los buques que navegan en el archipiélago.
Solo se exceptúan de esta obligación los comandantes de los buques de la Marina de Guerra Revolucionaria y del Ministerio del Interior, siempre que se adopten medidas equivalentes para evitar la ocurrencia de siniestros o sucesos marítimos.
Las nuevas normativas establecen que dentro de las aguas interiores, la navegación se realiza por las derrotas establecidas en las cartas y derroteros aprobados por el servicio hidrográfico y geodésico, y que donde no existan derrotas establecidas, la navegación se realiza a una distancia mínima de tres mangas de cualquier peligro y en profundidades no inferiores al ciento por ciento del calado máximo del buque en cuestión.
Además, establece parámetros específicos para determinadas zonas como la ruta entre el Puerto de Surgidero de Batabanó y el Puerto de Nueva Gerona.
El texto, recién publicado en la Gaceta Oficial, también comprende los límites de velocidad, los parámetros para entradas y salidas en las bahías, puertos y marinas turísticas.
Por otra parte, establece que las entidades marítimas radicadas en el territorio nacional, cuyos buques navegan por las aguas interiores, tienen activado un Puesto de Dirección que garantiza las comunicaciones con sus buques por los canales y frecuencias aprobados, y añade que durante la navegación, los buques mantienen una escucha permanente, informando cada cuatro horas la posición a sus Puestos de Dirección, los que les retrasmiten los partes meteorológicos correspondientes.
También se definen las acciones a tener en cuenta en caso de ocurrencia de huracanes u otros fenómenos hidro-meteorológicos extremos, por parte de la Dirección de Seguridad Marítima de la Administración Marítima de Cuba, a través de los Grupos de Seguridad Marítima Territoriales, incluyendo la ubicación de los distintos lugares de refugio.
Tomado de Granma/ Foto de portada: Juvenal Balán.