Cuba: La Fiscalía General de la República informa sobre procesos penales derivados de los disturbios del 11 de julio
Por Raúl Antonio Capote* / Colaboración Especial para Resumen Latinoamericano.
Según nota publicada por la Fiscalía General de la República en su sitio web, como parte de la respuesta legal a los hechos del 11 de julio de 2021, los tribunales de La Habana, Matanzas y Santiago de Cuba, notificaron, entre los días 16 y 21, sentencias firmes por delitos de sedición, desórdenes públicos, atentado y desacato.
De las 76 sentencias anunciadas por los tribunales, resultaron sancionados 74 acusados y se dispuso la absolución de dos de ellos, 56 recibieron condenas de privación de libertad, 22 con penas de hasta diez años, 30 entre 11 y 15 años, y cuatro entre 16 y 18 años.
A 18 acusados las sanciones privativas de libertad se subsidiaron por trabajo correccional con y sin internamiento y limitación de libertad, que incluyen 12 jóvenes entre 16 y 18 años de edad.
La Fiscalía hizo referencia a «la responsabilidad civil de indemnizar a las personas que resultaron lesionadas, como consecuencia de los hechos cometidos, y la reparación de los daños ocasionados a las entidades».
En los juicios seguidos contra los “manifestantes” del 11 de julio del 2021, los acusados contaron con todas las garantías procesales y legales amparadas por las leyes y la Constitución de la República de Cuba en su Artículo 95.
La Fiscalía General de la República de Cuba (FGR), como parte de sus funciones, verificó el cumplimiento de los derechos y garantías constitucionales del debido proceso, y controló las investigaciones practicadas por los órganos del Ministerio del Interior.
Los abogados mantuvieron comunicación con sus representados, accedieron a las actuaciones y pudieron aportar las pruebas que consideraron oportunas.
Respecto al criterio, expuesto al mundo a través de las redes sociales y algunos medios de comunicación, de que en Cuba se procesan a niños y a menores de 16 años de edad, Lisnay María Mederos Torres, fiscal jefa de la Dirección de Procesos Penales, explicó que el Código Penal es categórico respecto a este asunto, al establecer que la responsabilidad penal es exigible a partir de los 16. Además, esta ley sustantiva ofrece reglas para la adecuación de la sanción en el caso de los jóvenes de 16 a 18 años, acotó.
Es bueno recordar, ahora que se aproxima un año de los acontecimientos, que los sucesos del 11 de julio no fueron el resultado de una “explosión” social, no se trataba de grupos de manifestantes que se oponían al gobierno expresando su desacuerdo.
Fue una acción bien urdida desde EE.UU., como quedó demostrado a lo largo del proceso, que contó con alta tecnología, que buscaba generar el caos y la ingobernabilidad en el país con el objetivo de justificar una agresión militar.
Estas personas actuaron aprovechando el descontento causado por los apagones, la escasez y el temor ante el incremento de los casos de la COVID-19.
(*) Escritor, profesor, investigador y periodista cubano. Es autor de “Juego de Iluminaciones”, “El caballero ilustrado”, “El adversario”, “Enemigo” y “La guerra que se nos hace”.