Cuba refuerza normas jurídicas de protección para la maternidad de la mujer trabajadora
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.La Fiscalía General de la República (FGR) destacó en su web las maneras en que el proyecto de Código de las Familias que se encuentra en consulta popular reconoce los derechos de las madres trabajadoras.
Explican que en el artículo 4 inciso f) se reconoce el derecho en el ámbito familiar a la igualdad plena en la distribución equitativa del tiempo destinado al trabajo doméstico, para brindar protección legal a la mujer ante las sobrecargas que en muchas familias aún se le imponen.
Señala, además, que como parte de la labor de Cuba en defensa de los derechos de las mujeres se aprobó en 2021 el Decreto Ley 56 “De la maternidad de la trabajadora y la responsabilidad de las familias” donde se incluye el pago de una prestación económica a las madres ausentadas por enfermedad de sus hijos menores de edad, y se extienden las licencias no retribuidas de tres a cinco años cuando el menor presenta una enfermedad o discapacidad, lo que no afecta el monto de la prestación económica por el cobro de subsidio por enfermedad, accidente o garantía salarial durante el embarazo.
También comprende el receso en las labores al cumplir las 32 o 34 semanas de embarazo para el descanso pre y post natal con retribución económica, acceso a la atención médica durante el embarazo, traslado del puesto laboral cuando este sea perjudicial a la gestación, derecho a una prestación económica para el cuidado del niño durante el primer año de vida, explica la FGR.
En nuestra Isla, los artículos 43, 68 y 84 de la Constitución de la República de Cuba, del 24 de febrero de 2019, regulan la responsabilidad estatal en propiciar el desarrollo integral de las mujeres y su plena participación social, así como proteger la maternidad y paternidad, reconociendo el derecho a la seguridad social a quien se encuentre impedido de trabajar por maternidad.
Refiere la Fiscalía que en diciembre de 2013 se aprobó la Ley No.116, del vigente Código de Trabajo, su Reglamento (Decreto 326 de 12 de junio de 2014) y varias disposiciones que lo complementan.
Los reglamentos implementados defienden la igualdad en el trabajo, en el salario, a la seguridad y salud en el trabajo; a la seguridad social; la protección de la mujer trabajadora, de la maternidad; y la aplicación de garantías salariales al trabajador en caso de interrupciones laborales o situaciones excepcionales.
Tomado de Granma/ Foto de portada: Presidencia de Cuba/ Archivo.