Cuba

Cuba: Aprueba Comercio Interior procedimiento para la licitación de arrendamientos de establecimientos

El procedimiento para la licitación del arrendamiento a los nuevos actores de la economía de establecimientos del sector que forman parte del patrimonio estatal en las entidades de subordinación local, fue aprobado por el Ministerio de Comercio Interior (Mincin), de Cuba, mediante su Resolución 40/2022, publicada en la Gaceta Oficial N.º 31 Extraordinaria, del 21 de abril de 2022.

El documento plantea, entre los objetivos de la medida, incrementar la participación en la economía, propiciar el desarrollo, la diversificación de la producción, encadenamientos productivos y el bienestar económico y social de estos actores que comprenden formas de trabajo estatal y no estatal.

Así consigna a trabajadores del establecimiento que se licita, trabajadores por cuenta propia, cooperativas no agropecuarias, proyectos de desarrollo local, entidades estatales, micro, pequeñas y medianas empresas, formas productivas de la agricultura y actores locales a que soliciten gestionar el inmueble para proyectos de desarrollo local o cualesquiera de las formas de gestión no estatal.

Entre los requisitos para la licitación plantea la existencia de establecimientos que se decidan arrendar, funcionando o cerrados, previamente aprobados en el reordenamiento de la red minorista del Comercio Interior por la Asamblea Municipal del Poder Popular correspondiente, donde se definen los que se gestionan de forma estatal y los que pueden ser arrendados a otras.

La medida que define a la empresa estatal que administra el establecimiento como la que licita, podrá beneficiar la recuperación de establecimientos en las actividades de ventas de mercancías, gastronomía y servicios, ventas de bienes, incrementar otras ofertas y servicios básicos a la población, en especial las más convenientes para el interés público y de más amplia participación social y popular.

Según la Resolución, para realizar la licitación será constituida una comisión avalada por el Gobernador o el Intendente de los consejos de la Administración Municipal e integrada por un número impar de miembros entre los que estarán la dirección, las áreas técnicas, económica-financieras y jurídicas de las empresas, el sindicato y las autoridades correspondientes del municipio.

La convocatoria de la licitación se expondrá durante los diez primeros días hábiles del proceso, y el procedimiento se realizará en un término de 30 días, plazo en el cual no podrán ser variadas las condiciones específicas de la licitación que se establezcan por la entidad en el momento de convocarse la licitación.

Para presentarse en el proceso de licitación constituyen impedimentos ser residente o tener domicilio social de una provincia distinta de donde se encuentra enclavado el establecimiento a licitar, y haber cometido fraude o engaño en un procedimiento de licitación anterior.

Además, haber sido sancionado por la comisión de delitos contra la economía nacional o los derechos patrimoniales, en el caso de no estar rehabilitado y reinsertado en la sociedad, o que expresamente en sentencia firme, como sanción accesoria, posea una prohibición de ejercer una actividad u oficio relacionado con el comercio interior u otra forma de actividad económica, siempre que los antecedentes penales no hayan sido cancelados.

Específicamente, para el caso de las personas naturales, haber sido objeto de medida disciplinaria de separación definitiva de la entidad en el Sistema de Comercio Interior, sin estar rehabilitado de conformidad con la legislación laboral vigente, y presentarse a más de una convocatoria de licitación de establecimientos de forma simultánea.

Las solicitudes deberán entregarse en sobres sellados que, junto a los datos personales, refieran el nombre del proyecto y presupuesto, descripción de las actividades que pretende realizar, utilización de carteles u otras formas de publicidad, servicios artísticos y uso de música grabada o audiovisual, y el proyecto de obra, en caso de una reparación que genere transformaciones del establecimiento.

En la adjudicación de la licitación influyen ofertas que aseguren mejores condiciones de precio, calidad, preparación técnica profesional, financiamiento, recuperación del establecimiento y los servicios identificativos de este, así como que esté en consonancia con los estudios de geo referencia de la red de Comercio Minorista, que genere empleos y promueva la inclusión social.

La persona a quien le sea adjudicado el arrendamiento de un establecimiento con actividad comercial podrá contratar a los propios trabajadores del establecimiento, y respecto a aquellos trabajadores que no sean contratados por esa persona seleccionada, la entidad arrendadora deberá aplica lo establecido en la legislación laboral vigente.

En sus disposiciones finales esta Resolución 40/2022, deroga la Resolución 48 del propio Ministerio de Comercio Interior, referente al Procedimiento para la Licitación del Arrendamiento de Establecimientos y Bienes Muebles del Sistema de Comercio Interior, a Trabajadores por Cuenta Propia, del 8 de marzo de 2021, emitida por la titular de este Organismo.

Tomado de Granma/ Foto de portada: Yaimi Ravelo/ Archivo Granma.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *