Cuba

Los fondos buitres: Una agresión más contra Cuba (III)

Por José Luis Méndez Méndez (*) / Colaboración Especial para Resumen Latinoamericano.

 

Hay expertos litigantes en la compra de deudas soberanas de países en desarrollo, estos asesoran a entidades dedicadas a la búsqueda de oportunidades por todo el mundo tienen olfato en lo concerniente a las compras de instrumentos de deuda así lo hicieron con las de Polonia, Ecuador, Costa de Marfil, Panamá y Congo, respaldadas por esos  respectivos Estados. Posteriormente, se entabló demandas contra cada uno de esos Estados con el objeto de obtener el pago íntegro de la deuda que había comprado a bajo costo.

 Los expertos asumen como apoderados judiciales en cada uno de estos litigios. En mayo de 1995, los inversionistas decidieron liquidar el fondo y pasaron a la llamada “mediación interesada de parte indebida en litigio”.

Hay decenas de subterfugios en la aplicación de la condena, en ocasiones los cobradores dolosamente se exceden en el reclamo, así fue el caso de  clientes culpados de aplicar mecanismos onerosos, por citar algunos ejemplos el del  Banque de Gestion Privee-SIB contra la República de Paraguay, Suplemento de Fallos Federales, Vol. 787, pág. 53 (Distrito Sur de Nueva York); Water St. Bank and Trust Ltd. contra la República del Congo, acción civil 94-1894 (juez SS) (Distrito Sur de Nueva York); y Water St. Bank and Trust Ltd. contra la República de Polonia, acción civil 95-0042 (juez LAP) (Distrito Sur de Nueva York).

Adicionalmente, uno de los expertos conocía el caso de CIBC Bank and Trust Company (Cayman) Ltd., contra Banco Central do Brasil, Suplemento de Fallos Federales, Volumen 886, pág. 1105 (Distrito Sur de Nueva York) en que el demandado adujo la existencia de malas prácticas.

En finanzas, se llama también a los fondos buitre como holdouts (del inglés to hold out, quedarse fuera), en referencia a la acción que realiza el tenedor de bonos de deuda pública que se mantiene por fuera de una negociación de amortización, en el marco de una reestructuración de dicha deuda provocada por una situación de cesación de pagos o default.

Cuando la entidad emisora de títulos de deuda se encuentra en o cerca de un estado de suspensión de pagos, la misma hace una oferta pública de canje de dicha deuda, en un intento de reestructurar el tiempo o la forma de amortización. Dicho canje requiere que los bonistas acepten el porcentaje mínimo ofrecido por la deuda pendiente. Sin embargo, si los términos y condiciones de los títulos así lo admiten, los bonistas pueden no aceptar la oferta propuesta y quienes así lo hacen -los holdouts- mantienen su derecho a reclamar el pago de los bonos a su valor nominal, es decir por el que los compraron.

Ello, a su vez, puede trastornar el proceso de reestructuración, creando una situación identificada como “el problema de los holdouts”. El problema de los holdouts es visto como una forma de especulación ya que éstos apuestan a que la reestructuración de la deuda se llevará a cabo a pesar de no haber dado su consentimiento, lo que potencialmente aumentaría las posibilidades de efectivamente obtener el pago al valor nominal, mientras que los bonistas que aceptaron obtendrían un pago menor de acuerdo a los términos de la negociación. En cambio, si la reestructuración no se lleva a cabo, entonces no se obtiene ganancia alguna.

El Banco Mundial estima que más de un tercio de los países que han cumplido los requisitos de sus respectivos programas de reestructuración de deuda soberana han sido blanco de al menos 26 fondos buitres. Estos buitres han logrado cobrar hasta un total de 1000 millones de dólares en deudas soberanas. Muchos países prohíben que los fondos buitres puedan demandar ante sus cortes el cobro de esas deudas, pero quedan todavía algunas jurisdicciones, como la Isla de Jersey y las Islas Vírgenes Británicas.

Algunos casos permiten valorar el comportamiento de esta práctica especulativa donde el oportunismo es la clave de la aplicación de las sentencias y su nexo, poco estudiado, con la política. En diciembre de 1994, todos los acreedores que habían enjuiciado al Perú, después que este país entrara en suspensión de pagos con excepción de Pravin Banker Associates Ltd. desestimaron sus demandas como contraprestación de la Declaración de Suspensión formulada por el mencionado país en noviembre de 1992.

El 27 de octubre de 1995, el Perú y el Comité Asesor de Bancos para el ese país anunciaron públicamente un acuerdo en principio destinado a establecer un plan de reestructuración de la deuda acorde con el Plan Brady. Fue solo después de concretarse el acuerdo en principio, en enero de 1996, que Elliott comenzó a acumular la deuda materia de esta acción judicial.

Entre el 31 de enero y el 1 de marzo de 1996, el fondo Elliott Associates adquirió alrededor de 20 millones de dólares en títulos de la deuda soberana peruana, pagando por estos títulos algo más de 11 millones de dólares. Entre enero y junio de 1996 se negoció la hoja de términos sobre la reestructuración de la deuda peruana. De los aproximadamente 180 acreedores elegibles para participar en la reestructuración de la deuda peruana, solo Elliott y Pravin Banker se rehusaron a hacerlo. Elliott Associates demandó luego a Perú en los tribunales de Nueva York, perdiendo en primera instancia pero ganando en segunda instancia. Cuando el Gobierno de Perú se aprestaba a girar los fondos para pagar a los acreedores que sí habían entrado al canje de la deuda reestructurada, este fondo buitre obtuvo una orden judicial de embargo contra ese dinero. De este modo, ya sin tiempo para apelar de dicha orden judicial, Perú se vio obligado a pagarle a Elliott Associates para no volver a caer en default soberano.[9]​[10]​

En este caso, el juez neoyorquino Robert W. Sweet, del Juzgado Federal de Primera Instancia para el Distrito Sur de Nueva York, relató en su sentencia como coordinaron el propietario de Elliott Associates Paul Singer y Jay Newman, un experto en comprar deudas en el tercer mundo y que había trabajado en Lehman Brothers y en Morgan Stanley.

En la sentencia, el juez Sweet afirma que «Elliott Associates compró la deuda peruana con la intención y el propósito de entablar un juicio. Tal intención y tal propósito pueden inferirse de la estrategia de inversión utilizada por Elliott Associates, los antecedentes profesionales de las personas que se juntaron para materializar el proyecto de la deuda peruana, la dilatación —por parte de Elliott— del cierre de las operaciones de adquisición de la deuda.

Elliott conformó un equipo de inversión para la compra de deuda en los mercados emergentes, cuyos miembros fueron principalmente, Jay Newman, Andrew Kurtz (experimentado analista y administrador de cartera de Elliott), Paul Singer y Ralph Dellacamera (jefe de negociación de Elliott). Adicionalmente el equipo contrató los servicios de Michael Strauss, en calidad de asesor externo.

Elliott Associates también entabló demanda judicial contra la República de Panamá. Luego, ese juicio fue desestimado debido a que Water Street no cumplió con revelar al juzgado la identidad de sus inversionistas. En este litigio, Michael Strauss actuó como apoderado judicial de Elliott.

De regreso al caso de la Argentina, tras la suspensión de pagos del 2001, el país ofreció en 2005 y 2010 un canje de la deuda argentina a sus acreedores. En ambos canjes se reducían los montos y se diferían los pagos, lo que fue aceptado por el 93% de los tenedores de bonos. Dos fondos buitre, NML Capital Ltd. y EM Ltd., iniciaron una demanda ante el juzgado de Thomas Griesa en Nueva York para cobrar la deuda sin quitas. A ellos se sumó el fondo Elliott Associates de Paul Singer en 2011. En noviembre de 2012 Thomas Griesa emitió un fallo a favor de los fondos buitre y ordenó que Argentina debía pagar la totalidad de lo reclamado, —algo más de US$ 1.330 millones de dólares. El fallo fue sostenido en forma unánime por la Corte de Apelaciones de Nueva York. [11]​ Finalmente, la sentencia fue firmada por la negativa de la Corte Suprema a revisar el caso.

En 2016, tras la asunción del neoliberal Mauricio Macri, el gobierno decidió pagarles 9.300 millones USD a los fondos buitre, con el argumento de que permitiría salir al país del default en el que se encontraba.

 España no escapa de este accionar leonino, a raíz de la grave crisis financiera primero y después económica que estalló en 2008, los fondos buitres están adquiriendo activos a precios de saldo, tanto del Estado español, como de las comunidades autónomas y también de las entidades financieras. Por ejemplo, en febrero de 2013 el fondo buitre Cerberus se hizo con una cartera de 574 millones de euros en activos fallidos de particulares y pymes correspondientes al Banco Liberbank, surgido de la fusión de tres Cajas de Ahorro. Espera obtener una rentabilidad de 21,3 millones de euros. ​ Continuará…

(*) Escritor y profesor universitario. Es el autor, entre otros, del libro “Bajo las alas del Cóndor”, “La Operación Cóndor contra Cuba” y “Demócratas en la Casa Blanca y el terrorismo contra Cuba”. Es colaborador de Cubadebate y Resumen Latinoamericano.

Imagen de portada: Razones de Cuba.

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