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Argentina: Carta del Servicio Paz y Justicia a los diputados y senadores

Presidencia de la Cámara de Diputados de la Nación Argentina
Presidente Martín Menem
Presidencias de Bloques
Presidente del Bloque Unión por la Patria – German Pedro Martínez
Presidente del Bloque La Libertad Avanza – Oscar Zago
Presidente del Bloque PRO – Cristian Ritondo
Presidente del Bloque UCR – Rodrigo De Loredo
Presidente del Bloque Hacemos Coalición Federal – Miguel Angel Pichetto
Presidenta del Bloque Innovación Federal – Pamela Calletti
Presidenta del Bloque Frente de Izquierda y de Trabajadores Unidad – Myriam Bregman
Presidenta del Bloque Producción y Trabajo – Nancy Picón Martínez
Presidente del Bloque Por Santa Cruz – Sergio Edgardo Acevedo
Presidente del Bloque Buenos Aires Libre – Carolina Píparo
Presidente del Bloque La Unión Mendocina – Alvaro Martínez
Presidenta del Bloque CREO – Paula Omoedo
Presidente del Bloque Avanza Libertad – José Luis Espert
Diputadas y Diputados de la Nación Argentina
HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN

Adolfo Pérez Esquivel, en carácter de Presidente Honorario -Premio Nobel de la Paz – 1980-, Ana Almada, Cecilia Valerga y Elizabeth Quintero, en calidad de Coordinadoras Nacionales todos ellos del Servicio Paz y Justicia (SERPAJ) respectivamente, Resolución IGJ N° 34/88 con domicilio legal en la calle Piedras 730 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y domicilio electrónico en secinstitucional@serpaj.org.ar, organismo dedicado a la promoción y defensa de los derechos humanos, con status consultivo en Naciones Unidas (ECOSOC) y status permanente en UNESCO, por la docencia en educar para la Paz y la militancia por la No-violencia activa como metodología de acción, nos dirigimos a ustedes a fin de hacerle llegar nuestra inquietud que, como tantos argentinos y argentinas, tenemos en estos momentos.

Creemos que, además de la movilización popular, que sin lugar a dudas se continuará llevando a cabo, a raíz de la presentación de la ley ómnibus “Ley de Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos”, con la que el gobierno nacional intenta cambiar
nuestro sistema democrático que tanto esfuerzo nos costó conseguir, son los diputados y senadores quienes desde el Congreso Nacional pueden y deben ser parte de la resistencia a todos estos cambios.

Porque, si bien hay cosas que se deberían cambiar para mejorar nuestra realidad socioeconómica, vemos que desde el dictado del Protocolo Antipiquetes, el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/23, y el proyecto de Ley Ómnibus, no hay ninguna medida que
tienda a mejorar la realidad de la población; por el contrario, todo es negativo y abre las puertas a un sistema de capitalismo extremo que sólo beneficia a grandes corporaciones transnacionales.

Por todo lo expuesto, alertamos a los Sres. Diputados que el Poder Ejecutivo Nacional intenta obtener de esta manera la suma del poder público haciendo una reforma a su medida, que implica un daño a la vida, la propiedad y la libertad de las personas. Generan
más pobreza y desigualdad para la mayoría de la población, modificando estructuralmente la situación social, política y económica de cada familia, en particular y de forma directa de los más vulnerables: niños, mujeres, trabajadores, adultos mayores, pueblos originarios y discapacitados, al conjunto del Pueblo argentino.

El DNU y la Ley Ómnibus del Ejecutivo Nacional afectan integralmente el Derecho a la Educación de los NNyA y Adultos y todos los derechos humanos, consagrados constitucional y convencionalmente. De todos los puntos a que se refieren los instrumentos
presentados por el gobierno, queremos señalar determinadas preocupaciones, que son algunos de los temas con los que venimos trabajando hace años.

La suma del poder público En el proyecto de Ley, el Ejecutivo Nacional solicita una delegación de facultades por el
término de 2 años, que consideramos excesivo y que no cumple con los requisitos dispuestos por el art. 76 de la Constitución Nacional, que establece que esta delegación debe ser en términos acotados, precisos y por un tiempo razonable, que no está
contemplado en el proyecto presentado por el Ejecutivo Nacional. Como consecuencia, acarrea la afectación de la división de poderes de nuestro país, vulnerando el sistema democrático. En tal sentido, cabe recordar que nuestra Carta Magna, en el artículo 29
claramente expresa que el Congreso no puede conceder facultades legislativas al Ejecutivo Nacional, porque esto se asimilaría a la conducta de los “infames traidores a la Patria” cuya consecuencia sería pasible de una sanción penal.

La criminalización de la protesta social – Modificaciones en materia penal

Nos resulta de mucha preocupación las pretendidas modificaciones al Código Penal, por las que se impondrán penas para quienes ejercen su derecho a la protesta social sin la debida autorización. Esto implica limitar el derecho a la libertad de manifestación y reunión, exigiendo un permiso para la concurrencia de más de tres personas. Dicha circunstancia se asemeja al estado de sitio, siendo que el mismo no ha sido declarado por ninguno de los poderes del Estado facultados a tal fin.

También nos preocupa el intento de modificar en materia penal, lo que se establece en el artículo 34 que dice: ¨en cuanto a la determinación de la no punibilidad a quienes obraren en cumplimiento de un deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo¨, el gobierno intenta agregar al texto “ en cuyo caso, la proporcionalidad del medio empleado deber ser siempre interpretada en favor de quien obra en cumplimiento del deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo”.

Más parecería blanquear el caso Chocobar, y a su vez intentar abrir la puerta a los defensores de los genocidas en las causas de Lesa Humanidad para plantear sus defensas intentando ampararse en esta reforma; pero que claramente ya lo han intentado y hay
numerosa doctrina y jurisprudencia contundente al respecto.

Hay información a nivel nacional e internacional en los medios de comunicación masivos la clara voluntad de este gobierno de liberar a los condenados por delitos de genocidio, de acuerdo a promesas realizadas durante la campaña a sus familiares. Los Juicios de Lesa
Humanidad son imprescriptibles y se siguen llevando adelante, juzgando a una población añosa, que muchas veces se ampara en la edad para dilatar los procesos. A pesar de sus bastones, sus ritmos lentos, sus arrugas tienen capacidad como hombres autónomos que toman sus decisiones, pero ellos continúan aferrados a sus pactos de silencio como integrantes de las Fuerzas Armadas. Para ellos son actos de servicio y dichos actos quedan al servicio de Dios, la vejez no es impunidad y nuestros Tribunales en la mayoría de las causas han juzgado aplicando la ley, lo que éstos, en su ejercicio ilegal del gobierno no hicieron con sus víctimas.

Derechos Territoriales

Nos preocupa la anulación de todo tipo de limitación a la adquisición de tierras fiscales (nacionales, provinciales o municipales) porque, por un lado, tiene un impacto en la soberanía nacional y, por otro lado, expone a una situación de mayor vulnerabilidad a los derechos territoriales de las comunidades indígenas, que se encuentran ante la situación de inseguridad jurídica de sus territorios, tal como lo determinó la Corte Interamericana en el fallo Lakha Honhat vs Argentina, del año 2020. Además desde una perspectiva
interseccional de derechos, como es la que trabajamos, se pone en peligro el hábitat y costumbres de las niñeces y adolescencias indígenas y sus familias, ya que estas podrían ser desplazadas de sus territorios.

A su vez, resulta peligroso lo que expone en el artículo 4 del proyecto de ley, donde manifiesta que parte de la delegación de facultades sería para reorganizar el funcionamiento interno de la administración, y que como consecuencia de ello, podría disolver, suprimir o intervenir organismos descentralizados como el Instituto Nacional de la Agricultura Familiar, Campesina e Indígena, o el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, que es el órgano nacional para delinear políticas públicas y cumplir con los derechos del
art. 75, inc. 17, del Convenio 169 de la OIT y del Acuerdo Escazú (art.7, inc 15). Afectación a Derechos Ambientales Es gravísima la pretensión regresiva en las normas ambientales que se pretenden modificar. Dicha circunstancia vulnera derechos humanos establecidos en los tratados internacionales que forman parte de la Constitución Nacional, en su art. 75, inc. 22, y en el
art. 41, que garantizan el derecho al ambiente sano, además del patrimonio cultural y natural de nuestro país. Tanto la ley de ordenamiento territorial de bosques nativos, como la de protección de glaciares, entre otras, constituyen normas fundamentales del sistema ambiental actual, a los fines de proteger bienes ambientales como el agua y la diversidad biológica. Esto implicaría la pérdida de bienes naturales no renovables o de una resiliencia que demora muchos años en reconstituirse.

Niñez

Las medidas presentadas por el gobierno en este tema, impactan directamente sobre las niñeces y las adolescencias. Según datos de Unicef las niñeces y adolescencias son el sector de la población más afectado por la pobreza. Los ingresos mensuales del 41% de hogares habitados por niñes y adolescentes no alcanzan a cubrir gastos básicos como la alimentación, salud, educación, transporte y gastos de vivienda, esto deriva que el 68% de esta población son pobres o sufren privaciones en el ejercicio de sus derechos.
Las modificaciones enviadas para su tratamiento, tanto el DNU como la Ley Ómnibus, tienen en cuenta un programa económico que beneficia a sectores poderosos y deja por fuera a los sectores más vulnerables de la sociedad:

● La reforma laboral propuesta agravará la situación, ya que jefes de familias con empleo formal se verán gravemente afectados por estas medidas que repercutirán en el entorno familiar. Las reformas preveen nuevas modalidades en el contrato de trabajo
como la disminución del salario, anulación de las paritarias, reducción del período de prueba entre otras.
● Las reformas previstas para el sector de salud desfinancian al mismo, a partir de las desregulaciones de las obras sociales, atención en hospitales, medicamentos, etc.
● Por otra parte, el protocolo anti protestas niega derechos fundamentales como la participación y el protagonismo, el derecho a opinar y ser escuchado, a organizarse y expresarse, amparados en la Convención de los Derechos del Niño y la Ley Nacional de
promoción y protección 26.061. No sólo niega estos derechos sino que impone penas para quienes los ejerzan tal como lo enuncia dicho protocolo: en caso de encontrarse una persona menor de trece (13) años de edad sin estar en compañía de sus progenitores,
tutores o representantes legales o se encontrare en situación de peligro inminente a su integridad física, la autoridad pública que así lo constate deberá cursa inmediato aviso al Organismo de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes nacional o
correspondiente a cada jurisdicción. Prácticas totalmente regresivas que vuelven a tratar a niñez y adolescentes como un objeto que se puede manipular según los antojos de la autoridad de turno.
● Por último de este punto, de la lectura tanto del decreto como de la ley y del protocolo, se ha observado un retroceso en lo que atañe al derecho a la igualdad, el derecho a la identidad de género, ley de la Nación 26.743, y principalmente a la garantía del derecho de las mujeres. Al utilizar términos que la sociedad ha desterrado hace tiempo, como por ejemplo el término de menor por niñes o niñeces y adolescentes; violencia hacia las mujeres en lugar de violencia de género, o en la ley 27.611 de cuidado integral de la
salud durante el embarazo y la primera infancia, donde se sustituye el término mujeres y otras personas gestantes por madres embarazadas. Ejemplos como estos se pueden observar a los largo de las presentaciones realizadas por el gobierno.

Educación

El impacto de las modificaciones en materia de educación, pensando en un grupo familiar de sectores medios, con la desregulación de precios y aumentos de: prepaga médica, el alquiler y la inflación en la canasta básica de alimentos, todo eso sin aumentos salariales que acompañen, se empobrece en sus ingresos, afecta su bienestar y eso le exigirá tomar decisiones vitales como “cambiar” de escuela a sus hijos. Eso afecta la vida de esos niños, cambian su centro de vida, sus vínculos y calidad educativa, es decir vulnera sus derechos. “La escuela” no solo imparte conocimientos, sino que además abraza, contiene y promueve el desarrollo humano integral de los NNyA. Si la escuela de gestión pública que ya atraviesa enormes desafíos y déficits concretos en salarios docentes, capacitación y formación, tecnología e infraestructura, ¿Cómo podrá abrazar, alimentar, acompañar, sostener, formar, educar si ya lo hace con mucha dificultad? Dando pasos en el análisis de otras medidas, la propuesta de que la escuela sea “híbrida” o
“a distancia” de manera optativa desde 4to grado del nivel primario, profundiza la desigualdad en el acceso y la calidad educativa de los que tengan tecnología e internet y los que no, como ya quedó demostrado durante la pandemia. Esto profundizará la
desigualdad, exclusión e injusticia social. Es llamativa una medida de esta índole cuando se ha escuchado denostar por algunos sectores durante tanto tiempo programas como Conectar Igualdad.

Además algo muy delicado que no tiene en cuenta esta propuesta y es fundamental tanto en el desarrollo humano como educativo: la socialización, la construcción de vínculos y la vida en comunidad. ¿Cuántos niños y jóvenes se vieron afectados por la pandemia por la educación a distancia? Se ha observado un incremento muy grande en distintas problemáticas de salud mental, adicciones y suicidios en niños y jóvenes a partir de lo que vivimos durante la pandemia, sin respuestas eficaces y suficientes que acompañen estos desafíos por parte del Estado.

Insistimos, estas medidas afectan la integralidad de los derechos de las Niñeces y Adolescencia; derecho a la educación, derecho a la alimentación, derecho a la salud, derecho a jugar, el interés superior del niño, la participación protagónica de las Niñeces y
Adolescencias, el derecho a la vida. Violan las leyes nacionales, internacionales y la Convención de los Derechos del Niño.
Nos preocupa que se plantee favorecer el avance privatizador de la educación a través del ingreso de corporaciones y plataformas que persiguen el lucro. Lo que la medida persigue por lo tanto es privatización, el lucro y la mercantilización de la educación, esto va contra las leyes y la Constitución Nacional.

Otra medida del Gobierno tiene que ver con declarar “servicio esencial” a la educación con un claro objetivo, limitar y prohibir el derecho a la protesta, la huelga y la lucha por los derechos por parte de los trabajadores de la educación, docentes, auxiliares, maestranza, entre otros, amparada por la Constitución Nacional, normas dictadas por la OIT y la CIDH.

Sumado al protocolo anti piquetes ya mencionado, el Gobierno busca construir un corset legal que le permita avanzar con un plan económico, social y político que vulnera derechos y posibilita la profundización de las desigualdades, una amplia mayoría cada vez más pobre y una minoría minúscula cada vez más rica.

Centrándonos en la cuestión de la educación superior, nos inquieta el arancelamiento que se plantea de la educación pública para los extranjeros no residentes. Esto viola la ley, la Constitución, los Tratados Internacionales de DDHH y la historia de nuestro pais, constituyendo una operación ideológica xenófoba que busca profundizar la deshumanización, la discriminación y la meritocracia, tan funcionales a un sistema que se basa en la cultura del descarte y la ultraconcentración de la riqueza en pocas manos. Vemos con mucha preocupación que esta medida sea la punta de lanza que permita la privatización de toda la oferta educativa del nivel superior. La lucha histórica por una educación pública, laica, gratuita y de calidad de Argentina es la que está en juego. La autarquía y autonomía universitaria son claves para una educación crítica y emancipatoria. Tener universidades públicas nacionales y gratuitas son claves para la soberanía del pueblo y la nación.

Género

El nuevo gobierno intenta instaurar un nuevo paradigma o retrotrae viejas consignas, las mujeres vistas como madres o como víctimas, elimina toda referencia a diversidad de género y disidencia sexual, sujetos de derechos afectados por desigualdades estructurales.

El proyecto del Ejecutivo intenta borrar del mapa político y social a las mujeres y las diversidades porque la discriminación de género no existe, según el partido político gobernante.

Las mujeres a través de las conquistas como la Ley de Paridad de Género, la Ley Micaela, la Ley de los Mil Días, la Ley de aborto, y la lucha en la calle han logrado cambios estructurales para un mejor vivir.

Debemos resaltar con gravedad que la violencia de género en nuestras comunidades existe, que pasan por distintas etapas de violencia hasta la muerte de la mujer, cientos de niños huérfanos. No se sabe cómo actuará este gobierno ante casos de violencia de
género, no habrá más capacitación obligatoria para los efectores públicos y otra vez volver al destrato. Inquieta a quienes trabajamos la temática cómo resolver una situación de esta gravedad, adónde recurrir en la urgencia, si bien es verdad que el funcionamiento no era todo lo deseado en cada lugar del territorio, sabíamos que el Estado de alguna manera estaba.

Para finalizar la exposición de algunas de nuestras preocupaciones, creemos que sin lugar a dudas, hay muchas cuestiones que debatir y mejorar en nuestro sistema normativo, pero justamente hay que construirlas colectivamente a partir del diálogo y el consenso, no a través de definiciones arbitrarias, ilegales, inconstitucionales y violatorias de leyes nacionales y tratados internacionales como la Convención de los Derechos del Niño y organismos intergubernamentales como ONU, OIT y CIDH.

La protección de los más débiles es responsabilidad del Estado. No se puede permitir que el capital financiero esté por encima de los intereses del pueblo argentino. Instamos a este Congreso Nacional, a la Cámara de Diputados y a la Cámara de Senadores
elegidos por el voto popular, en elecciones libres, que son representantes del Pueblo, obren de conformidad a lo que prescribe la Constitución Nacional, tal como Uds. han jurado al asumir sus cargos.

Reciban un saludo de Paz y Bien.

Adolfo Pèrez Ezquivel
Presidente Honorario SERPAJ

Ana Almada Elizabeth Quintero Cecilia Valergas
Coordinadora Nacional SERPAJ

1.-Falsedad fáctica del mito “los extranjeros vienen a estudiar gratis, no aportan nada al país y se vuelven a sus países de origen”. Está estudiado por la CEPAL que la contribución de los extranjeros que estudian, residen temporalmente o se radican en el país es significativamente valiosa aportando al conocimiento, la tecnología y el PBI nacional. No obstante debemos reafirmar, que antes que nada; somos seres humanos, y la discriminación por país de origen constituye una violación a los derechos humanos, la Constitución y los Tratados internacionales firmados por Argentina.

Tomado de Resumen Latinoamericano

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