La caprichosa “justicia” made in USA (II)
Por José Luis Méndez Méndez * / Colaboración Especial para Resumen Latinoamericano.
En Estados Unidos hay cerca de 3.000 menores de edad condenados a cadena perpetua sin posibilidad alguna de lograr la libertad condicional. Otros 2.500 reclusos cumplen el mismo tipo de sentencia, pero fueron condenados cuando todavía eran menores. Y, además, otros 10.000 menores se encuentran confinados en prisiones para adultos, según han denunciado esta semana organizaciones que reclaman la reforma del sistema judicial.
Impresionó en el año 2015 una noticia que por suerte su vigencia ha perecido en el tiempo, a pesar de los esfuerzos de sectores retrógrados e influyentes, que han luchado con encono por mantenerla. Algunos estados han establecido entre los 10 y los 13 años la edad mínima para un menor ser juzgado como adulto. Otra, más reciente de 2018 decía: Se han aprobado leyes que permiten que niños menores a 18 años ingresen justicia penal para adultos en Estados Unidos, con base en la legislación.
El abril de 2004, un acontecimiento fue ampliamente divulgado: “Estados Unidos, se queda solo defendiendo en la ONU la pena de muerte para niños, cuando 52 países aprobaron una resolución que insta a abolir esas ejecuciones con el solitario voto en contra del paladín de la democracia”. También la Organización de Naciones Unidas has sido particularmente crítica con Estados Unidos por ser el único país que impone cadenas perpetuas a menores de edad.
Créalo o no, niños de 13 años han sido juzgados como adultos y sentenciados a morir en la cárcel sin que haya habido consideración hacia sus edades o la circunstancia del delito que cometieron. Es cierto que la situación de estos menores podría atenuarse tras el fallo del Tribunal Supremo según la cual toda sentencia impuesta a un menor que implique su fallecimiento en detención es inconstitucional. Pero esta decisión tiene limitaciones que indignan, el alto tribunal incluyó en esa categoría solamente a los menores hallados culpables por delitos que no impliquen el asesinato. Todos los demás -o sea, los sentenciados por homicidios- han sido excluidos.
Hay casos que han motivado la repulsa generalizada, por ejemplo en 14 estados tratan a toda su población reclusa como si fuera mayor de edad, de forma que cuando los menores ingresan en prisión tienen que enfrentarse a la terrible y violenta realidad del sistema carcelario de los adultos. Una de las víctimas del sistema judicial que condena como adultos a menores de edad ha sido Ralph Brazel, un floridano juzgado condenado a tres cadenas perpetuas cuando tenía 17 años. Su delito: poseer 18 gramos de la droga sintética del tipo crack. Ahora, con 41 años, es un activista por la reforma del sistema jurídico que recuerda a los medios de comunicación cómo inicialmente fue enjuiciado por dos cargos de fabricación y distribución de la droga y, por ello, sentenciado por un tribunal estatal de Florida a 20 meses de cárcel.
Sin embargo, el Gobierno federal decidió volverlo a enjuiciar. Esta vez como un adulto y siendo sentenciado a las tres cadenas perpetúas. Fue liberado después que el Tribunal Supremo decidió que los menores sin delitos de sangre no pueden ser condenados a pasar el resto de sus días en prisión. “He pasado 21 años, nueve meses y 16 días en la cárcel. Una cifra que jamás olvidaré porque marcó mi vida. Hay homicidas que reciben sentencias menores”, ha denunciado Brazel.
Algunos estados han establecido entre los 10 y los 13 años la edad mínima para un menor ser juzgado como adulto. Para entidades de Derechos Humanos, la edad mínima debería ser de 14 años a nivel nacional. Entre otras razones, porque un joven de edad inferior no tiene una percepción real del mundo, tiene todas las posibilidades de cambiar en el futuro y cuando es liberado, tras cumplir una sentencia de decenas de años de cárcel, presenta grandes dificultades para adaptarse a la vida en el exterior.
Los retos de reinserción son tan grandes, si no imposibles, de vencer que frenan toda posibilidad de lograr una liberación condicional y una reinserción exitosa. Los presos que han estado en la cárcel prácticamente desde su infancia o adolescencia necesitan ayuda para aprender las necesidades básicas de la vida.
El año 2005 el Tribunal Supremo acabó con las ejecuciones de menores de edad. Pero desde que la pena de muerte fue instaurada a nivel federal a inicios del siglo pasado se calcula que fueron ejecutados 365 menores de edad, 22 de los cuales después de 1985.
Este tema por roñoso que pueda parecer, no es unánime en el mundo. Un lector de Perú, ante esta triste realidad comentó: “La sociedad tiene defenderse frente al crimen, no debe existir impunidad. En mi opinión la legislación norteamericana es realista y protege a su sociedad”. Mientras un residente en Estados Unidos, con pasión expresó su parecerPrincipio del formulario: “Por qué tienes que criticar a los Estados Unidos, ustedes tienen su forma de gobernar y nosotros tenemos la nuestra. Habrá norteamericanos que esto no les guste y otros que consideramos que si la haces la tienes que pagar”.
Hay opiniones que producen escozor por su deshumanizada naturaleza, producto de su medio esencialmente hostil: “Pues a mí me parece perfecto. Si son adultos para matar y violar, serán tratados como adultos también por la justicia”.
Para sustentar la aplicación de la pena de muerte en menores de edad, hay un fundamento en Estados Unidos, que establece: “El Gobierno de Estados Unidos considera que la ausencia de una disposición dentro de la legislación interna del país que prohíba explícitamente la ejecución de “delincuentes juveniles en materia grave” no es incongruente con las normas sobre derechos humanos aplicables a los Estados Unidos”. Con ese rasero se explica porque el debate se mantiene latente.
Desde la reinstauración de la pena de muerte en 1976, 22 personas fueron ejecutadas por delitos cometidos cuando eran menores de 17 años. Todas eran varones.
Después de que el Tribunal Supremo abolió la pena capital para menores de edad luego del caso Roper vs Simmons 543 EE.UU. 551 (2005), se estableció como edad mínima los 18 años para poder ser sometido a la pena de muerte, poniendo fin así a la pena capital como castigo para menores de edad. Hasta el momento de la decisión del caso Roper vs. Simmons, había 71 delincuentes juveniles en el corredor de la muerte en espera de su ejecución: 13 en Alabama; cuatro en Arizona; cuatro en Carolina del Norte; tres en Carolina del Sur; tres en Florida; dos en Georgia; cuatro en Luisiana; cinco en Misisipi; uno en Nevada; dos en Pensilvania; 29 en Texas; y uno en Virginia.
Cuando el 4 de febrero de 1999, Sean Seller, de 29 años, fue ejecutado en Oklahoma, por medio de una inyección letal, había permanecido en prisión trece años y apenas había cumplido 16 cuando fue sentenciado. Desde 1985, hasta el 2003, 22 menores fueron ejecutados en Estados Unidos, todos tenían 17 años o menos. Más de la mitad, 13 fueron ejecutados en el estado de Texas. Se empleo en 19 casos la inyección letal y 4 fueron electrocutados.
Diez fueron hombres blancos, once negros y un latino. En el momento de la ejecución ninguno sobrepasaba los 35 años y llevaban como promedio 15 años en prisión.
Queda para la historia que Estados Unidos mantuvo la pena de muerte para pequeños hasta principios del siglo XXI; los ha tratado como adultos al ser juzgados y concibe la cadena perpetua, como una alternativa para imponer el rigor de la justicia a menores.
(*) Escritor y profesor universitario. Es el autor, entre otros, del libro “Bajo las alas del Cóndor”, “La Operación Cóndor contra Cuba” y “Demócratas en la Casa Blanca y el terrorismo contra Cuba”. Es colaborador de Cubadebate y Resumen Latinoamericano.
Foto de portada: RTVE.