Cuba

Aprueban nuevo Reglamento del Registro Nacional de Productores de Alimentos y Bebidas en Cuba

Con el objetivo de flexibilizar el proceso de solicitud y otorgamiento del permiso provisional y las licencias que se tramitan en el Registro Nacional de Productores de Alimentos y Bebidas, el Ministerio de la Industria Alimentaria, mediante la Resolución 37/2022, publicada en la Gaceta Oficial No. 61 Ordinaria de 15 de junio de 2022, aprobó un nuevo Reglamento.

De acuerdo con el texto, el presente Reglamento «tiene como objeto establecer las disposiciones para el funcionamiento y organización del Registro Nacional de Productores de Alimentos y Bebidas, en lo adelante el Registro, como un Registro Público de permisos y licencias, organizado de forma informatizada, de carácter central».

En tal sentido, el Registro tiene como objeto la inscripción de los productores industriales de alimentos y bebidas que radican en el territorio nacional, y como finalidad el otorgamiento de las licencias para la producción industrial de alimentos y bebidas, así como la Licencia Especial para la Producción de Ron Cubano de Exportación.

El Registro también inscribe y expide las certificaciones de otorgamiento, modificación, actualización, renovación, suspensión, cancelación o limitación de la vigencia de las correspondientes licencias, se precisó en la Gaceta.

Estableció el documento como sujetos de inscripción en el Registro a las personas cubanas o extranjeras, naturales o jurídicas, procesadoras de alimentos y bebidas, creadas bajo cualquier forma de gestión reconocida en la legislación nacional vigente, categorizadas como industrias,
minindustrias y microindustrias, establecidas en el territorio nacional, de conformidad con lo dispuesto en la ley.

Asimismo, el presente Reglamento comprende las responsabilidades y acciones a ejecutar por cada una de las partes involucradas y el procedimiento para presentar las solicitudes de inscripción previo a la obtención de las licencias.

Se aclaró en el texto que son específicos de este Registro los siguientes elementos:

  1. Validez jurídica de los documentos electrónicos: Los documentos electrónicos firmados por los registradores, y otros funcionarios que se vinculan con el Registro, así como las bases de datos y ficheros donde consta la información que se publica, tienen igual validez y eficacia jurídica que los documentos originales y libros en soporte papel, de conformidad con lo establecido en la ley y el presente Reglamento.
  2. Protección y seguridad de la información: El contenido de los asientos del Registro se encuentra bajo la seguridad y protección del Ministerio de la Industria Alimentaria, el que garantiza el aseguramiento humano y material requerido para su funcionamiento.

Tomado de Granma/ Foto de portada: Freddy Pérez Cabrera.

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